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EL FRENTE POR LA VIDA, DE SAN MARCOS, A TRAVES DE ESTE MEDIO INFORMA QUE:

Los municipios de Sipacapa, San Marcos y Río Hondo, Zacapa, ejerciendo su autonomía, como pueblos, programaron la realización de consultas populares para determinar su postura con relación a proyectos mineros e hidroeléctricos. Estas se llevarían a cabo el 18 de junio y el 03 de julio /05 respectivamente.

Este proceso se ha visto violentado por la decisión del juez Guillermo Galindo González, del tribunal séptimo de primera instancia civil, el cual tomó la decisión, según el expediente 87-2005, de suspender dichas consultas, así como la suspensión provisional del reglamento municipal para realizar la consulta en Sipacapa.*

Ante estos hechos declaramos:

  1. Que dicha suspensión significa la vulnerabilidad del derecho a poder expresarse libremente por parte del pueblo de Sipacapa, San Marcos y Río Hondo, Zacapa.
  2. Que el juez Guillermo Galindo González , a través de su resolución viola los artículos 3 y 8 del Código Municipal. Violando así, el derecho de ejercer su autodeterminación como municipios.
  3. Que el juez Guillermo Galindo González , a través de su resolución y de la solicitud de las empresas interesadas, viola los artículos 140 y 141 de la Constitución Política de la Republica de Guatemala, donde debe prevalecer la soberanía del pueblo.
  4. Estas decisiones muestran actitudes dictatoriales por parte del Estado de Guatemala, lo cual, lo cual va en contra de la democracia y del espíritu que impulsó los Acuerdos de Paz y las leyes de descentralización.
  5. Que rechazamos rotundamente la actividad minera a cielo abierto: por la gravedad de problemas medioambientales, el daño a la salud de las personas y los animales y, por los beneficios que favorecen sólo a las empresas nacionales y extranjeras. Entre otras cosas empobrece aún más a las comunidades y vulnera los derechos fundamentales de los ciudadanos de la Republica de Guatemala.

Finalmente, solicitamos a la comunidad nacional e internacional a solidarizarse con los municipios de Sipacapa y Río Hondo, que buscan hacer valer su proceso de toma de decisiones, bajo el amparo del Convenio 169 de la OIT, así como de la Ley de los Consejos de Desarrollo Rural y Urbano. Al mismo tiempo, les solicitamos su apoyo para que exijan al Gobierno de Guatemala a velar porque prevalezca el bien común, de las mayorías más pobres, sobre el bien particular, de los sectores minoritarios del país.

San Marcos, Guatemala. Junio 16 de 2005.

* El expediente 87-2005 indica que: “La licencia de explotación minera no esta en consulta, como pretenden los vecinos, porque se tratan de bienes del estado, y por mandato constitucional su explotación ha sido declarada de necesidad publica” (Pág. 4 Prensa Libre del Jueves 16 de junio de 2005)